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El TSJCyL absuelve a una empresa de Palencia de estafa en la venta de alfalfa

05/11/2019
En: abc.es
Digital
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Palencia que absolvió al administrador de la empresa Caños del Valle de Becerril de Campos (Palencia), acusado de estafa tras no entregar una carga de alfalfa a la empresa Navarro Aragonesa de Forrajes. La sala de lo Civil y lo Penal del TSJCyL ha desestimado el recurso presentado por Navarro Aragonesa de Forrajes contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Palencia que absolvió al administrador de la empresa palentina, según el fallo del TSJCyL. Los hechos se remontan a junio de 2015 cuando el administrador de la mercantil Caño del Valle firmó un contrato con Navarro Aragonesa de Forrajes por el que se comprometía a venderle 10.000 toneladas de alfalfa deshidratada a un precio de 232 euros la tonelada, y pactó como forma de pago un adelanto de 300.000 euros mediante un "confirming" y el resto tras la entrega de la mercancía. Cumpliendo con lo pactado Navarro Aragonesa de Forrajes emitió el "confirming" por el importe acordado a favor de Caño del Valle que cobró los 300.000 euros, y se desplazó a Becerril en dos ocasiones para comprobar la disponibilidad y la calidad de la mercancía. Posteriormente Navarro Aragonesa informó a Caños del Valle que iría a recoger la mercancía el día 9 de diciembre y la empresa de Becerril le informó a su vez que estaba cerrada hasta el 22 de enero de 2016 por vacaciones. Ese mismo día, tras la contestación y para evitar nuevos retrasos, Navarro Aragonesa intentó pactar la carga para el día 25 de enero a lo que, de nuevo, Caños del Valle le respondió que estaba de vacaciones. Según el recurrente, la operación no fue más que "una puesta en escena" por parte del acusado para llevarles a engaño y hacerse con la cantidad adelantada, para después vender la alfalfa comprometida a terceros con la excusa de que este no había acudido a recogerla dentro del plazo acordado. La sentencia de la Audiencia de Palencia, basándose en la documentación aportada, el contrato de compraventa de alfalfa, y las declaraciones de los administradores de las empresas contratantes y de los trabajadores, estableció que ambas habían realizado otras operaciones satisfactoriamente con anterioridad al contrato. Asimismo concluyó que dicho contrato se suscribió después de haber constatado el comprador la existencia y el estado de la mercancía, que el acusado cobró la cantidad adelantada, que la mercancía estaba a disposición del comprador en la fecha pactada y que al retrasarse el comprador en acudir a retirarla se procedió a su venta a otros para evitar que se deteriorase. Por ello la Audiencia concluyó que no había habido delito de estafa en la actuación del administrador de Caños del Valle, sino un incumplimiento de contrato a dilucidar en el orden civil, una conclusión que ha confirmado ahora el TSJCyL al desestimar íntegramente el recurso de Navarra de Forrajes.
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