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Presentada la aplicación para realizar online la declaración obligatoria de vino y mosto

López, A.
En: La Semana Vitivinícola, núm. 3455
octubre 2015, pág. 1647 - pág. 1649(3 págs.)
Siguiendo el Real Decreto 739/2015 de 31 de julio, las comunidades autónomas están obligadas a utilizar aplicaciones informáticas para realizar las declaraciones obligatorias de vino y mosto. Según informa la página web de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), los viticultores tienen plazo hasta el 30 de octubre para realizar las declaraciones mensuales a través de la aplicación informática para llevar a cabo las declaraciones obligatorias de vino y mosto. En la actualidad, faltas comunidades autónomas que todavía no han incorporado la información requerida en el Registro de Operadores del sector vitivinícola (REOVI), ante este hecho aparece otro problema, ya que no se pueden asignar a los operadores obligados a declarar su nombre de usuario y contraseña, requisitos necesarios para comenzar a introducir los datos requeridos en el sistema estadístico y de mercados (INFOVI). Por otro lado, hay que haber referencia a que el cierre del sistema se producirá el día 19 de cada mes a las 23:59:59, ello implica que las declaraciones se cerrarán por parte del sistema aunque no estén validadas. Por su parte el Magrama hace constar que las declaraciones anuales de existencias de vino y mosto y de producción se siguen realizando de la misma forma tal y como se contempla en el Real Decreto 739/2015
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