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Una macrogranja bajo la lupa

21/04/2021
En: abc.es
Digital
Navarra pone bajo la lupa el funcionamiento de la macrogranja de Caparroso Hibridación Termosolar Navarra SL y Valle de Odieta SCL , de vacuno de leche, a la que autorizó recientemente su actividad, por orden judicial, pero contra la que hay abiertos 19 procedimientos por distintos incumplimientos. La consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez , junto con los directores generales de Medio Ambiente, Pablo Muñoz, y Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil, se han reunido en Caparroso con los alcaldes de esta localidad, así como de las colindantes, Villafranca y Marcilla , para abordar de forma conjunta la situación de la macrovaquería y dar a conocer de primera mano las líneas de trabajo del Departamento. Tras la ampliación de la explotación concedida a la empresa, en cumplimiento de una sentencia judicial, los responsables del Departamento han trasladado que van a continuar extremando la vigilancia para el cumplimiento de los requisitos medioambientales exigidos a la empresa. En concreto, la Dirección General de Medio Ambiente está diseñando un programa extraordinario de seguimiento del funcionamiento de la actividad, con especial atención a la evaluación de los posibles impactos de la aplicación de digestato, tanto a las aguas superficiales, subterráneas y al suelo, como a la biodiversidad. Dicho programa contendrá una serie de actividades de seguimiento in situ de las prácticas que realiza, mediante inspecciones, tanto del personal técnico como del de Guarderío de Medio Ambiente , y la identificación de puntos de control para conocer el impacto real en dichos sistemas, mediante la ejecución de un programa de verificaciones y toma de muestras para la determinación analítica de parámetros contaminantes. En función del resultado, se determinarán las medidas complementarias de control que pudieran exigirse a los titulares, mediante una hipotética modificación de oficio de la autorización de que disponen. El citado programa de seguimiento en el que trabaja el Departamento, se suma a otros requerimientos extra que la Dirección General de Medio Ambiente ya ha impuesto a la empresa para la concesión AAI en cumplimiento de una sentencia judicial. En concreto, Medio Ambiente ha exigido a la empresa que utilice un sistema de GPS auto guiado en el equipo de reparto del digestato líquido, con programa de trazabilidad gráfica georreferenciada y visualización de datos en PC para los trabajos realizados. Además, deberá instalar un caudalímetro en el equipo de reparto del digestato líquido, con el fin de medir el volumen y dosis de fracción líquida de digestato aplicado a las parcelas de cultivo. Y en tercer lugar, el titular tendrá que llevar un registro de la aplicación de estiércoles y digestatos donde anotará tipo digestato o estiércol, fecha de aplicación, municipio, polígono, parcela, cultivo, superficie útil, superficie aplicada, cantidad aplicada, dosis de estiércol aplicada, dosis de nitrógeno aplicada y dosis de fósforo aplicada. Por último, el Departamento ha recordado también que está trabajando en la modificación de la Ley de Sanidad Animal para limitar en el futuro el tamaño de las explotaciones, y que, mientras tanto, la moratoria recientemente aprobada en el Parlamento impedirá nuevas ampliaciones. En enero de este año, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) estimó, parcialmente, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la empresa ganadera Valle de Odieta contra la resolución que en 2018 denegó la concesión de una nueva autorización ambiental (Autorización Ambiental Integrada ), para su solicitud de ampliación de sus instalaciones en Caparroso con el fin de albergar hasta 7.200 vacas. En verano el Tribunal Superior de Justicia de Navarr a ya anuló la limitación al tamaño de las explotaciones ganaderas del sector bovino, regulada mediante un Decreto Foral de 2019. Los magistrados entienden, por un lado, que no está probado que esta limitación mejore el bienestar animal y considera asimismo que la regulación foral vulnera la libertad de empresa. Y, por otro, consideran que para prohibirlo es necesario regularlo por Ley. Según adujo la parte demandante, la cooperativa Valle de Odieta , no se acredita que transmisión de enfermedades o de riesgos epidemiológicos guarde relación con el tamaño de la explotación y no se acredita ni en la vía judicial, ni en la administrativa sin que conste informe técnico alguno a este respecto". La sentencia reconocía que tanto la Ley Foral como la normativa nacional y comunitaria están en la línea de exigir estrictas normas zootécnicas de higiene animal, así como de implementar medidas coercitivas y sancionadoras en caso de incumplimiento. Pero entiende que la introducción de la limitación excede del ejercicio de la potestad reglamentaria y precisa de regulación por norma con rango de ley. La sentencia considera además que no se garantiza un mínimo de coherencia normativa o unidad de criterio con respecto del resto del ordenamiento jurídico, nacional, autonómico de la Unión Europea . La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra concluye que la resolución que en 2018 dictó la entonces Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio denegando la autorización ambiental no está suficientemente argumentada, ya que se basa en la existencia de irregularidades constantes en el funcionamiento de la actividad, las cuales, a juicio del tribunal, no son fundamento suficiente para apreciar un "incuestionable e inminente riesgo medioambiental", conclusión que excede "absolutamente del margen de apreciación técnica". En el momento de conocerse la sentencia, los sindicatos agrícola ganaderos, UAGN , EHNE y UPA , ya manifestaron que era una mala noticia. Hay 19 procedimientos de sanción de distinta envergadura en el caso de la macrogranja de Caparroso, según informó el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. En concreto, 10 de esos procedimientos, los ha llevado la Dirección General de Agricultura y Ganadería y otros nueve procedimientos de sanción los ha iniciado la Dirección General de Medio Ambiente, tanto por inicio de actividad antes de tener concedida la autorización ambiental integrada, como por diversos incumplimientos de las condiciones de funcionamiento y su autorización ambiental en vigor. Así lo indicó la consejera de Medio Ambiente en comparecencia parlamentaria: "Por citar algunos de estos incumplimientos, estamos hablando de mala gestión de los residuos como: - escorrentía de lixiviados al exterior de la instalación afectando al medio natural - restos de vertidos de purines, ocasionando la muerte de vegetación y la contaminación de las aguas del barranco La Espartosa y otros barrancos aledaños a la instalación - o mala gestión de los digestatos, entre otros. El último requerimiento que se envió a la empresa es, tras recibir un informe de Policía Foral, contemplando el uso de instalaciones fijas de riego para aplicar digestato y presencia de encharcamiento en varias parcelas, situación advertida, también, en visita de inspección del Guarderio de Medio Ambiente. En el informe, se recogían las siguientes deficiencias: La forma de aplicación señalada no está amparada por la Autorización Ambiental Integrada que dispone y la presencia de encharcamientos refleja una situación de aplicación incorrecta que puede dar lugar a contaminación de las aguas subterráneas y escorrentías a los cauces públicos próximos. Se ha tenido igualmente conocimiento de evidencias de ello en la zona de cortados del río Aragón. Ante las deficiencias observadas, se requiere al titular a que cese de inmediato dichas prácticas no autorizadas y remita al Servicio de Economía Circular y Cambio Climático un informe con información detallada de las prácticas de riego realizadas desde el 1 de enero de 2021 y una evaluación de la idoneidad de las mismas o en su defecto de las situaciones irregulares observadas. El personal de inspección y Guarderío del Departamento es vigilante y ha detectado los últimos años diversas infracciones cometidas por los titulares de la explotación que han dado lugar a la incoación de los diversos expedientes sancionadores. A partir de ahí, sobre las medidas previstas para controlar el funcionamiento de la actual explotación y de su posible ampliación, el Departamento está diseñando un programa extraordinario de seguimiento del funcionamiento de la actividad, con especial atención a la evaluación de los posibles impactos de la aplicación de digestato, tanto a las aguas superficiales, subterráneas y al suelo, como a la biodiversidad. Dicho Programa contendrá una serie de actividades de seguimiento in situ de las prácticas que realiza, mediante inspecciones tanto del personal técnico como de Guarderío de Medio Ambiente, y la identificación de puntos de control para conocer el impacto real en dichos sistemas mediante la ejecución de un programa de verificaciones y toma de muestras para determinación analítica de parámetros contaminantes. En función del resultado se determinarán las medidas complementarias de control que pudieran exigirse a los titulares mediante una hipotética modificación de oficio de la Autorización que disponen.
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