Multas de hasta 3.000 euros por tener gallinas sin registrar para producir huevos de autoconsumo
Multas de hasta 3.000 euros por tener gallinas sin registrar para producir huevos de autoconsumo
Las multas van desde los 600 euros y no quedan exentos aquellos que produzcan huevos para autoconsumo.
Gallinas.
Natalia Garmasheva, vía: Canva.com
La producción de huevos en el ámbito doméstico ha aumentado considerablemente en los últimos años , impulsada por el interés por consumir huevos frescos y alimentos naturales y, en muchos casos, provenientes de prácticas más sostenibles . Sin embargo, este auge no está exento de legislación. Las autoridades sanitarias han advertido sobre los riesgos asociados a la producción no controlada de alimentos. Por tanto, es obligatorio seguir unas pautas para cumplir la ley. Y es que, al contrario de lo que mucha gente piensa , un número pequeño de gallinas en un huerto o corral para el autoconsumo de huevos sí requiere un registro.
Tras publicación del Real Decreto 637/2021, de 27 de julio , por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas, todo el mundo que posea gallinas está obligado al registro de estas aves , aunque solo sean para el autoconsumo.
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La ley obliga desde el año 2024 al registro de las gallinas
No obstante, hay que puntualizar que, aunque el Real Decreto es del año 2021, la disposición séptima sobre la entrada en vigor de algunas normas recogidas, como son el artículo 5 y 6 del mencionado decreto, no entraron en vigor hasta el 1 de enero de 2024 para aquellas explotaciones avícolas ya existentes. Esto quiere decir que, en la actualidad, tanto las nuevas explotaciones y granjas de autoconsumo, como las antiguas , deben seguir las pautas marcadas por la ley.
La ley obliga expresamente, desde el año 2024, al registro de las gallinas. De lo contrario, consumir sus huevos va en contra de la ley y puede acarrear sanciones y multas.
El artículo 16.5 del Real Decreto 637/2021 dice lo siguiente: "Los titulares de las explotaciones de autoconsumo estarán obligados a efectuar una comunicación previa para que se incluyan en el Registro general de explotaciones ganaderas".
Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.
Esto quiere decir que aquellos propietarios de gallinas, aunque utilicen los huevos para consumo propio, deben inscribir a estos animales.
"Los titulares de las explotaciones de autoconsumo estarán obligados a efectuar una comunicación previa para que se incluyan en el Registro general de explotaciones ganaderas"
Por su parte, la ley también explica que las explotaciones de autoconsumo "deberán identificar a un veterinario de referencia al que poder recurrir en caso de aparición de problemas sanitarios concretos", señalan.
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