La mayor parte de las comunidades autónomas han decidido ya ampliar el plazo de solicitud de las ayudas directas de la Política Agraria Común (PAC) del ejercicio de 2019 más allá de la fecha límite establecida, el martes 30 de abril.
Este año, las CC.AA. tenían la potestad de ampliar dicho plazo hasta el 15 de mayo, fecha máxima permitida por la reglamentación comunitaria, sin tener que pedir autorización al Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) , pero siempre que hubiera motivos que lo justificasen y previa comunicación formal al organismo gestor central.
No obstante, desde el FEGA, su presidente, Miguel Riesgo , señaló que comunicarán oficialmente el próximo 30 de abril el listado de las CC.AA. que han decidido ampliar el periodo de solicitud, con las nuevas fechas previstas, para incluir posibles modificaciones.
Por ahora, son ya 13 sobre 16 (Canarias tiene un régimen propio específico por su insularidad) las que comunicaron esa ampliación, con fecha máxima hasta el 15 de mayo. Estas son: Galicia, 7 de mayo; La Rioja, 8 de mayo; Andalucía, Islas Baleares y Castilla y León, 10 de mayo; Cataluña y Extremadura, 13 de mayo, y Aragón, Castilla-La Mancha, Comunidad de Madrid, Región de Murcia y Comunidad Valenciana, 15 de mayo .
A cierre de edición, País Vasco estaba indecisa sobre si ampliar o no la fecha límite, mientras que las CC.AA. de Cantabria y Foral de Navarra ya habían acordado, debido al ritmo de peticiones realizado, no ampliar dicho plazo y, por tanto, cerrar la «ventanilla» en el plazo previsto inicialmente del martes 30 de abril.
Hay que recordar, no obstante, que los agricultores y ganaderos que hayan introducido algún cambio en sus explotaciones, tras presentar su solicitud, por ejemplo, cambio de cultivo en el último momento, compraventa o cesión de derechos de pago, etc., podrán aún presentar una modificación anexa de su expediente hasta el 31 de mayo , sin incurrir en ningún tipo de penalizaciones.
También las CC.AA. podrán decidir ampliar este último plazo o periodo de modificación de las solicitudes de ayudas directas de la PAC, pero siempre que sea «estrictamente necesario» para garantizar el cumplimiento de la normativa comunitaria y previa comunicación al FEGA.