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Las menciones de "crianza", "reserva" y "gran reserva": trayectoria, regulación y vigencia (II)

Leza Campos, Luis
En: La Semana Vitivinícola, núm. 3547
julio 2019, pág. 1222 - pág. 1226(5 págs.)
Esta segunda parte del artículo comienza con la protección por parte de la UE de las menciones de envejecimiento, a partir del Reglamento (CE) nº753/2002, que ha regulado el empleo y la protección de determinados términos que se han utilizado tradicionalmente en el sector vinícola ligados a productos de calidad. Los distintos Estados miembros han propuesto y la Comisión ha acordado su reconocimiento y protección de tales nombres. Para España cuentan con la protección comunitaria como términos tradicionales los nombres de "crianza", "reserva" y "gran reserva". "Crianza", que podrán utilizar los vinos tintos con un período mínimo de envejecimiento de 24 meses, de los que al menos 6 habrán permanecido en barricas de roble de capacidad máxima de 330 litros; y los vinos blancos y rosados con un período mínimo de envejecimiento de 18 meses, de los que al menos 6 habrán permanecido en barricas de roble de la misma capacidad máxima. "Reserva", que podrán utilizar los vinos tintos con un período mínimo de envejecimiento de 36 meses, de los que al menos 12 habrán permanecido en barricas de roble de capacidad máxima de 330 litros, y en botella el resto de dicho período; los vinos blancos y rosados con un período mínimo de envejecimiento de 24 meses, de los cuales al menos 6 meses en barricas de roble de la misma capacidad. "Gran reserva", que podrán utilizar los vinos tintos con un período mínimo de envejecimiento de 60 meses, de los que al menos 18 habrán permanecido en barricas de roble de capacidad máxima de 330 litros, y el resto en botella; los vinos blancos y rosados con un período mínimo de envejecimiento de 48 meses, y al menos 6 en barricas de roble, y el resto en botella. Continúa limitándose su uso, exclusivamente, a los vinos con denominación de origen protegida. La generalización de los vinos criados tiene lógicamente que ver con el mayor valor añadido que alcanzan estos vinos respecto a los conocidos como "vinos jóvenes". Una consecuencia de ello es una percepción generalizada, pero no siempre cierta, de que en los vinos criados está la calidad, atributo que no se significa para los vinos jóvenes. Por el contrario, la cara no tan positiva de tal situación es que algunos vinos criados no muestran las cualidades organolépticas que pudiera pensarse deberían atesorar como consecuencia de los complejos procesos de envejecimiento a que son sometidos
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