¿Qué beneficios tiene para la empresa contratar a parados de larga duración y cuándo se puede pedir el subsidio?
¿Qué consecuencias tiene extinguir el periodo de prueba de una trabajadora embarazada?
¿Hay que dar siempre de alta en la Seguridad Social a personas en formación y prácticas no laborales y académicas?
¿Qué obligaciones establece el nuevo registro de la jornada laboral y cuándo entra en vigor?
¿Quién puede solicitar el teletrabajo o un cambio horario?
¿Cómo tendrán que adaptarse empresas y trabajadores al nuevo mercado laboral? Sagardoy Abogados ha elaborado una guía para Expansión sobre los efectos de la nueva legislación . Aquí, algunas de las consecuencias más relevantes.
Se regula un importe mínimo de pensión por incapacidad permanente total
Para el año 2019, las cuantías mínimas de las pensiones de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común, para menores de 60 años, en la modalidad contributiva del sistema de Seguridad Social, se fijan en estos importes:
- Con cónyuge o sin cónyuge a cargo (unidad económica unipersonal), la cuantía se fija en 6.991,60 euros/año.
- Con cónyuge no a cargo , la cuantía se reduce a 6.930 euros/año.
Normas especiales para la protección de las personas trabajadoras en el sector marítimo-pesquero
Se establecen beneficios adicionales, mejorando la protección social de las personas pertenecientes al sector marítimo-pesquero. Las novedades más importantes afectan al nacimiento y cuidado del menor y a la corresponsabilidad en el cuidado del lactante.
Respecto de la primera reforma, se establece que la prestación económica por nacimiento y cuidado del menor se otorgará a las personas, tanto por cuenta ajena, como por cuenta propia, integrados en el Régimen Especial de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, aplicando para ello, respectivamente, los mismos requisitos exigidos en el Régimen General de la Seguridad Social (si se trata de trabajadores por cuenta ajena) o en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o autónomos (si se trata de trabajadores que ostenten esa naturaleza jurídica).
Situaciones incluidas en esta protección social por nacimiento y cuidado del menor son, efectivamente, el nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar. Pero serán igualmente beneficiarias de un subsidio por nacimiento, las trabajadoras por cuenta ajena que, en caso de parto, reúnan todos los requisitos establecidos para acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor, salvo los periodos mínimos de cotización variables según la edad del beneficiario -entre 21 y 26 años, 90 días; más de 26 años, 180 días, siempre a tenerlos cumplidos en los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha del descanso-, que para el subsidio de maternidad requiere la Ley General de Seguridad Social.
En el supuesto de situaciones relativas a corresponsabilidad en el cuidado del lactante, la prestación social correspondiente se otorgará a las personas trabajadoras, tanto por cuenta ajena, como por cuenta propia, del Régimen Especial de Trabajadores del Mar, en las mismas condiciones establecidas en el Régimen General de la Seguridad Social (si se trata de trabajadores por cuenta ajena) o en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o autónomos (si se trata de trabajadores que ostenten esa naturaleza jurídica).
Normas especiales de cotización en el sistema especial de los trabajadores por cuenta ajena agrarios
Con efectos desde el día 1 de enero de 2019, a los trabajadores encuadrados en este sistema especial que hubieran realizado un máximo de 55 jornadas reales cotizadas en el año 2018, se les aplicará una reducción del 14,6% a las cuotas resultantes durante los periodos de inactividad en 2019.