Las rebajas afectan a sectores como los cítricos, la aceituna de mesa, la ciruela, el melocotón, la apicultura o el bovino de leche,
El Ministerio de Hacienda publicó ayer martes en el BOE la orden con la reducción de módulos agrícolas para la declaración del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) 2018 de los productores afectados por circunstancias excepcionales, que en Extremadura alcanza los 12 millones de euros.
Esta normativa recuerda que el Real Decreto 439/2007 establece la posibilidad de autorizar la reducción de módulos cuando se viese alterado el desarrollo de actividades económicas por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales a las que fuese de aplicación el método de estimación objetiva.
El régimen de estimación objetiva agraria (o de módulos) del IRPF es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos de España, siendo el elegido por en torno a un millón de declarantes, según la Delegación del Gobierno.
En Extremadura el efecto de las reducciones establecidas a nivel nacional es «muy importante», por tratarse de producciones notables dentro de su ámbito territorial.
Así, en cuanto a los sectores agrícolas, los cítricos pasan de 0,26 a 0,18, mientras que en los sectores ganaderos, la apicultura pasa de 0,26 a 0,18 y el bovino de leche de 0,20 a 0,18.
Otras importantes minoraciones que afectan a toda Extremadura son la aceituna de mesa de 0,26 a 0,18 y la ciruela y melocotón de 0,36 a 0,26. Además se efectuaron otras reducciones adicionales, entre las que destacan cereales leguminosas, aceituna, uva, tomate y frutos secos en 50 municipios y fruta de hueso en 16 municipios.
El conjunto de todas estas reducciones pueden suponer, para Extremadura, una reducción de la base imponible de los declarantes en régimen de estimación objetiva agraria, respecto a un año normal de unos 12 millones de euros.
Junto a las reducciones para los sectores agrícola y ganadero, recogidas en el BOE de este martes, la Orden HAP/2222/2014, de 27 de noviembre, introdujo con carácter permanente un coeficiente corrector que pueden seguir aplicando los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supone una reducción de un 20% del mismo.
Hay que destacar también la Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre, por la que se desarrolla para el año 2018 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, establece en su Disposición adicional primera una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva.