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Hasta el 1 de marzo se pueden solicitar las ayudas para la reestructuración o reconversión de viñedo

22/02/2023
En: lavanguardia.com
Digital
El Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, mantiene abierta la convocatoria de las ayudas para la reestructuración o reconversión de viñedo de la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola español hasta el 1 de marzo para operaciones finalizadas en los ejercicios 2024 y 2025. LOGROÑO, 21 (EUROPA PRESS) El Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población, mantiene abierta la convocatoria de las ayudas para la reestructuración o reconversión de viñedo de la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola español hasta el 1 de marzo para operaciones finalizadas en los ejercicios 2024 y 2025. Las operaciones de reestructuración y reconversión de viñedos tienen como objetivo incrementar la competitividad de las explotaciones de viñedo, adaptar el cultivo del viñedo al cambio climático y hacerlo medioambientalmente más sostenible y se financian con el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) con el que se apoya a mercados y sectores como el vino. La superficie mínima para una operación de reestructuración y reconversión de viñedo será de 0,3 hectáreas y la máxima de 25 hectáreas por viticultor o viticultora. Será obligatoria en todas las plantaciones la utilización de portainjertos certificados. Los tipos de ayudas a la reestructuración o reconversión que se apoyan son las reconversiones varietales, también mediante injertos, y en particular para mejorar la calidad o la sostenibilidad medioambiental, por razones de adaptación al cambio climático, o para la mejora de la diversidad genética. También se respalda la reubicación de viñedos; la replantación de viñedos cuando sea necesario tras el arranque obligatorio por motivos sanitarios o fitosanitarios por orden de la autoridad competente, y las mejoras en las técnicas de gestión de viñedos, en particular la introducción de sistemas avanzados de producción sostenible, incluyendo la reducción del uso de fitosanitarios. Se excluye de la ayuda la renovación normal de los viñedos, entendida como la replantación en la misma parcela con la misma variedad de uva, de acuerdo con el mismo sistema de cultivo de cepas, cuando las cepas han llegado al final de su ciclo natural o su vida útil, así como la instalación del sistema de riego. Tampoco podrán recibir ayuda las superficies que se hayan beneficiado de la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedo en las últimas diez campañas, salvo para una operación de mejora de técnicas de gestión o por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales que hayan podido afectar a la superficie, siempre y cuando no se utilice la misma variedad de uva de vinificación y el mismo sistema de cultivo de cepas que había en la superficie. Asimismo, no son elegibles para solicitar la ayuda las superficies que fueron plantadas con una autorización de nueva plantación durante los primeros cinco años desde la fecha de plantación u operaciones de replantación que vayan a llevarse a cabo con una autorización de nueva plantación concedidas en virtud de los artículos 63 y 64 del Reglamento de la UE 1308/2013. En aquellos casos en los que el viticultor no sea el propietario de la parcela que se quiere reestructurar o reconvertir, se necesitará la autorización expresa del propietario. Las solicitudes se deben presentar electrónicamente a través de la aplicación Programa de Reestructuración de Viñedo, a la que puede acceder en la página web www.larioja.org/prvi. Las solicitudes se podrán presentar de forma individual o colectiva. En el caso de ser individual debe ponerse en contacto con la Sección de Programas de Ayuda de reestructuración para habilitarle en el sistema. En el caso de ser colectiva debe ponerse en contacto con el representante correspondiente. El periodo de desarrollo de las operaciones se iniciará el 1 de mayo de 2023 y terminará el 30 de junio de 2024 para operaciones anuales y el 30 de junio de 2025 para operaciones bienales. El plazo para presentar la solicitud de pago comenzará el 16 de octubre de 2023 y finalizará el 30 de junio de 2024.
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