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Extremadura autoriza los movimientos extraordinarios del ganado porcino de montanera

26/08/2026
En: interempresas.net
Digital
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó una resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura por la que se autorizan los movimientos extraordinarios del ganado porcino en los aprovechamientos de montanera para la campaña 2026/2027. La citada resolución incluye las normas sanitarias asociadas que deben cumplirse para que se autoricen estos movimientos, así como las de entrada en las explotaciones comunales para el aprovechamiento de montaneras. Así, los periodos de aprovechamientos de montanera en esas explotaciones de cebo quedan establecidos entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de marzo de 2027. Para aquellos animales que no vayan a certificarse por la Norma de Calidad establecida en el Real Decreto 4/2014, podrán ampliar el periodo de aprovechamiento hasta el 15 de abril de 2027. La entrada de los animales en las explotaciones se realizará entre el 1 de octubre y el 15 de diciembre de 2026 y de modo excepcional y de forma justificada, con estudio previo de cada caso, se podrá autorizar la entrada de animales en montanera con posterioridad a la fecha establecida, cuando no se haya podido realizar el movimiento con anterioridad y por razones de fuerza mayor derivadas de requerimientos sanitarios. En este particular la autorización de este movimiento no le eximirá si se ve afectado del cumplimiento de las condicionantes integras de la Norma de Calidad del Cerdo ibérico, o de las consecuencias de los incumplimientos de dicha norma que se deriven del mismo. Entre otros requisitos, se establece que los animales objeto de traslado deberán haber permanecido en la explotación de origen los 30 días anteriores al traslado, plazo de tiempo en el que no se habrá registrado ninguna entrada de cerdos en la misma, y que a los mismos se les haya realizado dentro de los 30 días anteriores un control serológico y una vacunación adicional de Enfermedad de Aujeszky.
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