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El Supremo desestima la suspensión cautelar de caudales ecológicos del Tajo pedida por Ximo Puig para salvar los trasvases

18/05/2023
En: abc.es
Digital
Los magistrados consideran que no hay urgencia porque la medida se prevé para 2026 y 2027, por lo que la Generalitat tendrá tiempo de pedirla otra vez Ximo Puig subvenciona con diez céntimos el metro cúbico de agua desalada ante los recortes del Gobierno al trasvase Tajo-Segura Conducciones del trasvase Tajo-Segura JUAN CARLOS SOLER El Tribunal Supremo ha desestimado la suspensión cautelar de la reserva de los caudales ecológicos del Tajo , que en la práctica entraña el recorte a la mitad de los trasvases al Segura , una medida solicitada por la Generalitat Valenciana in extremis para garantizar más agua para los regantes. Esta dotación suplementaria de recursos hídricos para la cuenca cedente, contemplada de forma escolanada para los años 2026 y 2027, entre la presa de Bolarque y el embalse de Valdecañas, está establecida en el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero. No obstante, el Alto Tribunal considera que su aplicación no priva de su finalidad legítima al recurso que el Gobierno autonómico de Ximo Puig tiene planteado contra el Real Decreto. La Generalitat valenciana tiene presentado un contencioso administrativo contra la disposición adicional en el Plan Hidrológico del Tajo, que fue cambiada por sorpresa en el último momento por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, que dirige Teresa Ribera , en el Consejo Nacional del Agua. La Generalitat había introducido la condición de que se revisara la situación de las masas de agua en el Tajo en 2025, una vez acometidas obras de envergadura y mejorada la depuración de los vertidos desde Madrid , antes de incrementar los actuales caudales ecológicos. MÁS INFORMACIÓN Feijóo promete desde Valencia el pacto nacional del agua como primer compromiso si gobierna Como medida cautelar mientras se resolvía su recurso, el gobierno de Puig planteaba la suspensión del escalonamiento de esos caudales ecológicos para los años 2026 y 2027, entre la presa de Bolarque y el embalse de Valdecañas. No recurre el primer escalón, aplicable de forma inmediata a la entrada en vigor del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, hasta el 31 de diciembre de 2025, recuerda el auto de la Sala. Esta salvedad le ha ganado las críticas del PP, cuyo candidato a las autonómicas, Carlos Mazón, ha cuestionado que la Generalitat acate el primer aumento más cercano de caudales ecológicos, algo que considera una rendición . Sólo son previsiones Ahora, el Supremo rechaza que no atender la suspensión cautelar prive de «finalidad legítima» al recurso o padezca la «efectividad» de la sentencia que pueda en su día dictarse ya que la impugnación hace referencia a unas previsiones de los caudales ecológicos que no se aplicarían hasta 2026 y 2027, lo que considera «tiempo más que razonable» para que la Sala pueda dictar sentencia, además de que esa medida de urgencia ahora rechazada puede solicitarse de nuevo en cualquier momento. En resumen, el Supremo también pone el acento en que no debe «realizar pronunciamiento sobre el fondo del litigio en los momentos iniciales del proceso», además de que no aprecia motivos para la «nulidad».
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