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El 2023 ha traído un terremoto en los supermercados. Un cambio que va desde los precios tras los cambios de IVA en algunos alimentos hasta el envase que protege estos productos. El pasado 1 de enero entró en vigor el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases , que declara la 'guerra' al plástico, y que modifica la forma de hacer la compra.
Ir al 'súper' en los últimos años se ha transformado y las bolsas de plástico en las cajas son cada vez menos frecuentes. Desde 2018, su venta gratuita está prohibida y sus hermanas compostables adquieren mayor presencia, sobre todo, en la sección de frutas y verduras. Además, ahora salir de casa con las bolsas de rafia o de tela es un gesto más que cotidiano, si no se quiere pagar entre tres y cinco céntimos de más. Todo ello con un fin: la sostenibilidad.
Ahora se suma un nuevo actor a esta compra más 'eco': el táper. Un compañero de viaje de jóvenes recién independizados que llenan su nevera con la comida de los padres, pero que ahora podrán utilizar en sus supermercados más cercanos para evitar el consumo de plástico. «Acogemos positivamente la medida», asegura la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
«Todos los establecimientos de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables»
Real Decreto 1055/2022
Una posibilidad que ya estaba presente en cadenas como Carrefour.. «La iniciativa busca contribuir a la reducción de envases y embalajes», apuntaba en 2019 la marca gala. Un año después se sumó a la iniciativa Alcampo y ahora es el turno de las restantes. «Todos los establecimientos de alimentación que vendan a granel alimentos y bebidas, deberán aceptar el uso de recipientes reutilizables (bolsas, táperes, botellas, entre otros) adecuados para la naturaleza del producto adquirido y debidamente higienizados», establece el Real Decreto del pasado 27 de diciembre.
Una nueva normalidad que todavía tiene que interiorizarse entre consumidores y, también, dependientes. «Ponme, por favor, un cuarto de jamón york». Hasta aquí una petición normal, pero las miradas de extrañeza llegan al enseñar el táper de cristal para guardar la compra. «¿Ahí?», responde el dependiente de Mercadona. «Sí, por favor». Gesto novedoso, pero que acepta con incredulidad. «Nosotros nos remitimos a lo que diga la patronal», responden fuentes de la firma española de distribución.
«Los operadores pueden rechazar el envase si está sucio»
María Martínez Herrera
responsable de medioambiente y seguridad alimentaria de Asedas
«El Real Decreto dice que el consumidor puede ir con su envase», señala Asedas, la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicio y Supermercados. «Pero, con determinadas características», apostilla María Martínez-Herrera, responsable de medioambiente y seguridad alimentaria de Asedas. Una de ellas es la higiene, «los operadores podrán rechazarlos si están sucios», explica Martínez.
Estos envases son aceptados en las secciones de fruta y verduras, carnicería, charcutería y pescadería. El siguiente examen al Real Decreto llega en Carrefour y con un envase de plástico . Sus condiciones son las siguientes: «debe ser transparente y puede ser plástico o cristal», explican en un comunicado.
«Ponme tres pechugas de pollo, por favor». «Claro», responde. «Por favor, en este táper de plástico». «¿Las quiere fileteadas?», pregunta el dependiente. «Sí». Pesa el producto, corta las dos piezas y a pagar a caja. «En el caso de las frutas y verduras a granel, el consumidor podrá utilizar su propia bolsa o malla transparente», especifica la distribuidora gala.
No obstante, «hay que tener en cuenta muchos aspectos aún por definir», advierte Martínez-Herrera. «Esta normativa modifica los reglamentos europeos que señalan que los garantes de la seguridad alimentaria son los distribuidores», añade. Ahora, «es el consumidor el responsable».
«Es insuficiente el hecho de que se incentive la presencia a granel acotada únicamente a alimentos y no se amplíe a otros productos como limpiadores».
OCU
El Real Decreto 1055/2022 asegura que los punto de venta «quedan exentos de la responsabilidad por los problemas de seguridad alimentaria que se pudieran derivar de la utilización de los recipientes aportados por los consumidores». «Es positivo», apunta la OCU, pero «es insuficiente el hecho de que se incentive la presencia a granel acotada únicamente a alimentos y no se amplíe a otros productos como limpiadores».
Venta a granel
Esta nueva normativa, que apoya la aprobada el pasado mes de abril bautizada como Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular, busca reducir al mínimo la presencia del plástico en los supermercados y acabar con el desperdicio alimentario. Según datos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, los españoles desperdiciaron 1.245,8 millones de kilos de alimentos y bebidas en 2021.
Plástico en la sección de frutas y verduras. Leticia González
Para ello, el Ejecutivo ha prohibido la venta de frutas y verduras de menos de 1,5 kg en envases de plástico, salvo «variedades protegidas o registradas o cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica», apunta la norma. El texto también contempla que los comercios minoristas de alimentación de más de 400 metros cuadrados tendrán que destinar al menos el 20% de su superficie a productos sin embalaje, incluida la venta a granel. «Hay que recordar que el plástico también sirve de protección durante el transporte», apunta Martínez. Además, «no somos nosotros los que tenemos que decidir qué va con plástico y qué no», responde Martínez. «Tiene que hacerlo el sector primario en diálogo con el Ministerio de Agricultura y con Transición Ecológica», apostilla.
De momento, las grandes superficies tienen un periodo transitorio de seis meses para adaptar sus establecimientos y puntos de venta para la compra de frutas y verduras a granel. «Se necesita un diálogo fluido», destaca Asedas.
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