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Navarra: modifica la Orden Foral 110/2015, que establece las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vi

ORDEN FORAL 95/2018, de 6 de abril, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 110/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola.
1. Se modifica el Anexo I, BCAM 6, añadiendo un nuevo punto 24 bis),: “24 bis) Aplicación de estiércoles y purines. Los estiércoles sólidos deberán enterrarse después de su aplicación en un plazo de 24 horas salvo en condiciones climáticas desfavorables que impidan la operación. No obstante, quedan exceptuados de esta obligación los cultivos que utilicen sistemas de siembra directa o mínimo laboreo, los pastos y cultivos permanentes, y cuando la aportación del estiércol sólido se realice en cobertera con el cultivo ya instalado. La aplicación de purín en las superficies agrícolas no podrá realizarse mediante sistemas de plato o abanico ni cañones, salvo que la licencia de actividad clasificada o la autorización ambiental integrada de la explotación ganadera de la que proviene, lo permita.” 2. Se modifica el Anexo I, RLG8, eliminando el requisito 65) Los productores de ganado ovino deberán comunicar el plazo a la autoridad competente los movimientos de entrada y salida de los animales de la explotación.
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