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España: subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, y para sufragar los gastos de funcionamiento, para el año 2026.

Extracto de la Resolución de 13 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Trabajo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, y para sufragar los gastos de funcionamiento, para el año 2026.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/892878) Primero. Beneficiarios: a) De las subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del trabajo autónomo. Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal. Otras asociaciones, fundaciones y universidades. b) Para los gastos de funcionamiento: Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.
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Inscrita en el Registro de Fundaciones del Mº de Educación, Cultura y Deporte con el nº 1689.
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