El Tribunal Supremo sentencia que los animales son seres sintientes y "merecen respeto" El "cebado en extensivo" de las ocas para producir paté supuestamente sostenible y ético es un caballo de batalla constante de entidades animalistas, que critican la alimentación forzada a patos y ocas para lograr el foie gras o fuagrás, literalmente hígado graso o hipertrofiado. Para vencer las reticencias de los consumidores con remordimientos, muchos productores se acogen a la etiqueta de avicultura ecológica. Pero no todos son dignos de semejante título. El Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena a 15 meses de prisión para un avicultor que dejó morir por inanición y falta de los más mínimos cuidados a 170 ocas en una explotación ganadera supuestamente verde, situada en Fuente Obejuna (así se escribe el nombre del municipio cordobés que inspiró el drama inmortal de Lope de Vega, Fuenteovejuna). La sala penal del Tribunal Supremo confirma así la sentencia de la Audiencia de Córdoba, que no solo impuso en su día la pena de cárcel (que no implica ingreso inmediato en prisión, salvo que el condenado vuelva a delinquir durante el periodo de la condena). Los magistrados también acordaron entonces, como han ratificado ahora sus compañeros, una inhabilitación especial de tres años y medio. Durante ese periodo, el avicultor no podrá ejercer "oficio o comercio" relacionado con los animales. Cuando llegaron a la granja los veterinarios de la Junta de Andalucía y los agentes del Seprona (el Servicio de Protección a la Naturaleza de la Guardia Civil), se encontraron un panorama desalentador. La mayoría de las aves muertas estaban amontonadas y presentaban síntomas de un avanzado estado de desnutrición. La higiene y los cuidados sanitarios a los animales brillaban por su ausencia. Las ocas, recuerda el fallo, "no tenían pienso ni agua potable". Solo disponían de un bebedero y una pequeña charca de aguas pluviales que nadie había limpiado en mucho tiempo y estaba plagada de materias fecales. El condenado es el administrador único de la explotación, que supuestamente se dedicaba a la producción de paté y carne ecológica. El empresario no pudo alegar desconocimiento porque el encargado de la alimentación de las aves le avisó reiteradamente en el verano del 2018 de la falta de pienso y de la urgente necesidad de atender mejor el negocio. Pese a ello, dejó morir de hambre a las ocas "con total desprecio por su vida". Ello, dice el Supremo, merece un severo reproche penal por el sufrimiento infligido "a un animal, a un ser vivo". El recurrente sí pudo alegar, entre otras cosas, que los hechos que se le imputaban constituían un único delito, y no un delito continuado, como sentenció la Audiencia de Córdoba, lo que agravaba la pena. El Supremo, según una sentencia hecha pública este lunes, es de la misma opinión que el tribunal de instancia. La muerte de 170 ocas -dice la sala penal del alto tribunal- no es un hecho aislado, independiente. Provocar la desaparición de tantas aves "como consecuencia de omisiones encadenadas que les privaron de atención veterinaria y del cuidado indispensable para evitar la sed y el hambre hasta el momento de su muerte colectiva" no es un único delito. Los magistrados entienden que una actuación así debe juzgarse y condenarse como "un delito continuado, castigado de acuerdo con el artículo 74 del Código Penal". La cosificación animal es contraria a las leyes y a los valores de la sociedad" Esta norma agrava las penas de quienes "realicen una pluralidad de acciones u omisiones que ofendan a uno o varios sujetos e infrinjan el mismo precepto penal o preceptos de igual o semejante naturaleza". Además, añade la sentencia, la muerte de un ser vivo exige un tratamiento penal que adquiera sentido a partir de su consideración como ser sintiente, y por lo tanto protegido en su propia mismidad o condición". Tantos animales maltratados y condenados a morir "no pueden ser degradados a la condición de cosas no individualizables por su singularidad intrínseca". El Supremo entiende que "la cosificación de los animales "es contraria a nuestra legislación y a valores compartidos que forman parte ya de la normalidad sociológica". Esa misma normalidad según la cual "todo animal es un ser sintiente, merecedor de respeto". Un respeto a la vida que es exigible siempre, "sea o no una vida humana".