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Utilizar alimento como cebo, una medida excepcional en el control de jabalíes

05/01/2026
En: segre.com
Digital
El Plan de Caza de este año prohíbe alimentar "bajo ningún concepto" a los jabalíes en las áreas privadas de caza cerrdas, "ni para atraerlos, ni en el caso de la prevención de daños, ni para incrementar su número o mejorar su estado físico". Sin embargo, sí es posible hacerlo "excepcionalmente" y con permiso de la Generalitat o de los responsables de las reservas de caza "por razones de daños a la agricultura o la ganadería, de prevención de accidentes de tráfico o de control poblacional y de riesgo para las personas y sus bienes". En esos casos, y para "atraer a los ejemplares a capturar al punto de cacería", se les puede dar hasta 10 kilos maíz, fruta o pan al día en cada punto de cebo, que debe estar a más de 200 metros de una carretera o camino. El periodo oficial de caza del jabalí va del 7 de septiembre de 2025 al 29 de marzo de 2026, aunque tiene excepciones: cuando en una zona "se produzca o se pueda producir (...) una abundancia de individuos de una especie cinegética (...) que resulte peligrosa o nociva para las personas o perjudicial para la agricultura, la ganadería, los terrenos forestales, las especies protegidas, la caza o sea un riesgo sanitario", la Generalitat podrá "autorizar excepcionalmente la captura" en cualquier época del año. En julio y en agosto, la caza del jabalí se supedita a que "produzca daños a la agricultura". En el periodo hábil puede cazarse todos los días en cualquier coto salvo en los de de aprovechamiento común de más de 200 hectáreas, donde se reduce a los jueves, sábados y domingos.
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