España: se modifica el Anexo I de la Orden APA/1251/2020, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul. Zonas Restringidas.

13/09/2024
En: Boletín Oficial del Estado
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se modifica el Anexo I de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul. Zonas Restringidas.
Parte C. Zona restringida frente al serotipo 8 del virus de la lengua azul. Se considerará zona restringida frente al serotipo 8 del virus de la lengua azul los siguientes territorios: 1. La Comunidad Autónoma de Cataluña. 2. En la Comunidad Autónoma de Aragón: La provincia de Huesca. 3. La Comunidad Autónoma de Islas Baleares.»
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