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Un código de conducta para el intercambio de datos en la agricultura 4.0

27/04/2018
En: agronegocios.es
Digital
Un grupo de asociaciones vinculadas con la cadena agroalimentaria de la UE ha presentado esta semana en Bruselas un Código de Conducta conjunto sobre el intercambio de datos en el sector agrario, que pretende clarificar las relaciones contractuales y proporcionar una guía sobre el uso de los datos agrícolas, en particular sobre los derechos de acceso y uso de los datos. Los asociaciones firmantes consideran que el acceso a datos agrícolas precisos es vital para el desarrollo de una agricultura digital que permita a los agricultores y cooperativas producir más utilizando menos recursos. Para aprovechar plenamente los beneficios de la agricultura digital, el intercambio de datos entre los diferentes socios en la cadena agroalimentaria debe llevarse a cabo de manera justa y transparente. Este Código de Conducta de la UE sobre Intercambio de Datos Agrícolas por firmado por la conferederación de cooperativas agrarias europeas (Copa-Cogeca), la patronal de fabricantes de maquinaria agrícola (Cema), la patronal de fabricantes de fertilizantes (Fertilizers Europe), la asociación europea de empresas de servicios (Ceetar), la asociación de jóvenes agricultores europeos (Ceja), la patronal de fabricantes de productos fitosanitarios (Ecpa), de ganaderos (Effab), de productores de piensos (Fefac), y semillas (Esa), tiene como objetivo establecer principios transparentes, aclarar responsabilidades y crear confianza entre los socios. Establece las pautas clave que deben seguir los operadores, combinadas con una lista de verificación. Conceder acceso a los datos necesarios facilitará y acelerará los modelos comerciales basados en datos. El Código reconoce la necesidad de otorgar a la persona que origina los datos (el que ha creado / recopilado los datos ya sea por medios técnicos o por sí mismo o que ha encargado proveedores de datos para este fin) un papel principal en el control del acceso y uso de datos de su negocio y para beneficiarse de compartir los datos con cualquier socio que desee utilizar sus datos. Las directrices subrayan que el derecho a determinar quién puede acceder y usar los datos se atribuye al originador de los datos. En la práctica, esto significa que, por ejemplo, los derechos sobre los datos producidos enuna explotación o durante las operaciones agrícolas se atribuyen al agricultor y pueden ser utilizados ampliamente por él. "Acojo con satisfacción el Código de conducta de la UE sobre intercambio de datos agrícolas iniciado por las partes interesadas del sector agroalimentario. A medida que Europa avanza hacia una PAC más moderna y sostenible, las soluciones tecnológicas serán más importantes que nunca, dando a la agricultura de precisión y a las soluciones basadas en datos un papel crucial ", ha declarado el comisario de Agricultura de la UE, Phil Hogan.
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