Seis zonas de Aragón en nivel de alerta roja por riesgo extremo de incendios
05/08/2024
En: heraldo.es
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Seis zonas de Aragón en nivel de alerta roja por riesgo extremo de incendios forestales
Seis zonas de Aragón en nivel de alerta roja por riesgo extremo de incendios forestales
Con este nivel de alerta, se ha prohibido encender fuego en espacios abiertos y se ha suspendido temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos.
Extinción del conato de incendio registrado en Berge.
Bomberos Forestales
La Dirección General de Gestión Forestal ha establecido el nivel de alerta roja de peligro de incendios forestales en las zonas del Moncayo y Aranda, Depresión del Jalón, Somontanos Occidental y Sur, Puertos de Beceite y Bajo Ebro Forestal.
Con este nivel de alerta, se ha prohibido encender fuego en espacios abiertos y se ha suspendido temporalmente cualquier autorización que pueda tenerse para uso del fuego, quemas y usos culturales y recreativos.
Además, se ha prohibido encender fuego en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada, así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales.
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Del mismo modo, se han suspendido las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.
En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas.
Con excepción en este nivel de alerta, se permite el uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12:00 y las 18:00 en las condiciones fijadas en la orden AGM/681/2023.
En este sentido, se permiten las labores de cosecha y empacado de cereal en el caso de que estas labores se ubiquen a menos de 400 metros de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas.
Asimismo, se puede utilizar maquinaria agrícola para la siega o recogida de cultivos forrajeros en verde , así como el resto de labores agrícolas habituales de mantenimiento de cultivos distintas a la contemplada en el apartado anterior.
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