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Modificación de los requisitos para el cumplimiento de la intervención medioambiental del abonado orgánico

16/05/2024
En: agroinformacion.com
Digital
La Junta de Castilla y León ha modificado la orden de la Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural en algunos aspectos de las ayudas a las intervenciones de desarrollo rural medioambientales y climáticas, del plan estratégico de la PAC 2023-27, que cofinancia el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader). Cabe destacar, entre ellos, el cambio en la intervención medioambiental y climática de abonado orgánico. La nueva orden, del pasado 26 de abril y publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León el 7 de mayo, establece en su punto diecinueve lo siguiente: «Con objeto de alcanzar el objetivo de realizar abonado orgánico en al menos un 20 % de la superficie agrícola de la explotación al final del contrato plurianual, se deberá aplicar anualmente el abonado orgánico (con una cantidad mínima de diez toneladas por hectárea) en al menos un 20% de la superficie de contrato, la cual será diferente cada año, o lo que es lo mismo, no podrá repetirse en la misma superficie en ninguno de los años del contrato plurianual. »Para ello, la persona titular deberá disponer de las correspondientes anotaciones en el cuaderno de explotación, así como facturas del abono orgánico aplicado y recoger pruebas fotográficas de la realización de este compromiso». Los técnicos de ASAJA-Palencia aconsejan a los socios agricultores que se acojan a este compromiso medioambiental del abono orgánico cumplir estrictamente estos requisitos para asegurarse la ayuda correspondiente, y evitar así problemas en caso de inspección. Nuestra organización reclama, no obstante, que la exigencia de algunos requisitos (por ejemplo, la disponibilidad de prueba fotográfica) no se aplique con carácter retroactivo y sea flexible, ante posibles casos de aplicación de abono orgánico previa a dictarse la norma de la que el titular de la explotación no obtuviera imagen en su momento.
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