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La simplificación de trámites y el control de daños agrícolas, grandes objetivos del nuevo Plan de Caza

15/06/2023
En: heraldo.es
Digital
La simplificación de trámites y el control de daños agrícolas, grandes objetivos del nuevo Plan de Caza caza La simplificación de trámites y el control de daños agrícolas, grandes objetivos del nuevo Plan de Caza El Boletín Oficial de Aragón publica el documento que regula la actividad para los aproximadamente 50.000 cazadores de la Comunidad. Imagen de archivo de un jabalí. Pixabay El Boletín Oficial de Aragón (BOA) de este miércoles, 14 de junio, publica el nuevo Plan General de Caza 2023-24 , que regula el ejercicio de esta actividad para los aproximadamente 50.000 cazadores que la practican en la Comunidad. Las novedades contenidas en el plan tienen como fines principales simplificar los trámites administrativos que deben realizar los titulares de los cotos y los cazadores en general, asegurar la sostenibilidad de las especies cinegéticas, así como favorecer el control de los daños agrícolas producidos por algunas de estas especies. Te puede interesar Los cazadores reivindican su actividad "imprescindible" para el mundo rural Entre los cambios, el texto destaca que quedan excluidas del listado de especies cinegéticas de Aragón la agachadiza común, el ánade rabudo, el porrón moñudo y el silbón europeo por ser las tres especies cinegéticas peor valoradas en su estado de conservación y por estar calificadas en " peligro de extinción " en la Lista Roja europea. Además, el nuevo plan dice que en la caza a rececho se podrá emplear un máximo de un perro para el cobro de piezas heridas o muertas y su suelta sólo podrá hacerse después del lance. Asimismo, con el fin de evitar los problemas de salubridad y malos, se prohíbe dejar en el medio natural los ejemplares de especies de caza menor que hayan sido cobrados. No obstante, sí se permite el depósito de sus vísceras en lugares alejados más de 25 metros de zonas de seguridad, aparcamientos, caminos y vías por las que puedan circular vehículos a motor, así como de cauces de agua y lugares en los que ésta quede embalsada. Otra de las novedades está en que queda prohibido el empleo durante la acción de caza de cualquier tipo de dispositivo, montado o no sobre el arma, de los que forme parte un convertidor o un amplificador electrónico de luz, incluyendo, entre otros, los dispositivos infrarrojos y los termográficos. Además, en consonancia con las directrices del ' Plan nacional de gestión a medio/largo plazo de las poblaciones de jabalíes silvestres ', y con el fin de disminuir los daños agrarios que esta especie produce en determinados cultivos, el nuevo plan recoge que " del 15 de agosto al cuarto domingo de febrero, se podrán realizar batidas de jabalíes en cultivos de regadío de maíz, sorgo, girasol, colza o soja ". Asimismo, siempre que esté autorizado por el titular de la gestión del terreno cinegético, durante los recechos de caza mayor "se podrá cazar el jabalí en cualquier época del año". Del mismo modo, se establecen unos mismos periodos hábiles para la caza del corzo a rececho en todo Aragón (corzo macho del 1 de marzo a 15 de noviembre y corzas del 15 de agosto a 30 de marzo) y se modifican periodos hábiles y se establecen cupos diarios de captura para algunas de las especies que han sido consideradas como especies cinegéticas con estatus inseguro por el comité NADEG. También habrá novedades en el control de determinadas aves antropófilas , de los conejos ; y la administración aragonesa determinará cupos máximos de captura de sarrio y cabra montés en todo Aragón y del ciervo macho en los municipios relacionados en el Anexo VIII. Nuevos pueblos en el Anexo II "Las hembras de ciervo, corzos, gamos, muflones, cabra doméstica asilvestrada y jabalí en todo Aragón, así como los ciervos machos fuera del Anexo VIII, podrán cazarse sin límite máximo de capturas", completa el texto, y añade que "los municipios de Albero Bajo, Cadrete, Grañén, Letux, Lalueza y Sangarrén se incorporan al Anexo II, en el que se indican los términos municipales con sobrepoblación de conejo en los que se establecen medidas extraordinarias para su control poblacional". Conforme a los criterios de
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