INFORMACIÓN ACERCA DE LAS COOKIES UTILIZADASLe informamos que en el transcurso de su navegación por los sitios web del grupo Ibercaja, se utilizan cookies propias y de terceros (ficheros de datos anónimos), las cuales se almacenan en el dispositivo del usuario, de manera no intrusiva. Estos datos se utilizan exclusivamente para habilitar y estudiar de forma anónima algunas interacciones de la navegación en un sitio Web, y acumulan datos que pueden ser actualizados y recuperados. En el caso de que usted siga navegando por nuestro sitio Web implica que acepta el uso de las cookies indicadas. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra sección Política de cookies


El TSJ considera ilegal la supresión del complemento de productividad por vendimia mecánica en la DO Rueda

16/12/2021
En: eleconomista.es
Digital
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado el Reglamento de la Denominación de Origen Rueda, aprobado en marzo del 2020, por el que se suprimía el incremento del 4% en el redimiento del viñedo cuando la recogida fuese mecánica. El Alto Tribunal estima así el recurso interpuesto por Asaja Valladolid contra la Orden AGR/287/2020 de la Comunidad Autónoma de Castilla y León que dio el visto bueno a la modificación impulsada por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen. La sentencia llega a escasas horas de que se renueve el Pleno del Consejo Regulador tras las elecciones celebradas hace unos días. La medida se había justificado para mitigar la alta producción que se ha registrado en la DO durante los últimos años, fruto de la política permisiva del Consejo Regulador con las autorizaciones para plantar viñedo. Asaja Valladolid interpuso el recurso al considerar que el nuevo Reglamento no era conforme con el ordenamiento jurídico ya que perjudicaba gravemente a los viticultores que vendimian mecánicamente, que son la mayoría, al privárseles de un derecho que les venía siendo reconocido desde hace casi veinte años, como es incrementar su productividad en un 4% frente a la vendimia manual , ya que entregan la uva a la bodega con mayor limpieza al carecer del raspón. Igualmente se denunciaba la aprobación del Reglamento de la D.O. sin permitir intervenir a los viticultores y a las asociaciones que defienden sus intereses, como es el caso de Asaja , privándoles así de sus más elementales derechos. La sentencia, notificada el pasado 15 de diciembre, reconocer que en la aprobación del Reglamento se han omitido tramites esenciales. La sentencia, que es recurrible, condena en costas a las demandadas. Relacionados Asaja vuelve al Consejo Regulador de Rueda con cuatro vocales y la presidenta no logra representación DO Rueda, elecciones en la encrucijada
Fundación Bancaria Ibercaja C.I.F. G-50000652.
Inscrita en el Registro de Fundaciones del Mº de Educación, Cultura y Deporte con el nº 1689.
Domicilio social: Joaquín Costa, 13. 50001 Zaragoza.
Contacto Aviso legal Política de privacidad Política de Cookies