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El MAPA flexibilizará en breve las normas sobre autorizaciones de plantación y potencial vitícola en 2021

12/01/2021
En: agronegocios.es
Digital
Imprimir Tags autorizaciones ayudas consulta pública cosecha en verde COVID-19 inversiones legislación mapa PASVE plantación potencial vitícola reestructuración variedades viñedo El Ministerio de Agricultura tiene en consulta pública dos borradores de proyectos de reales decretos que modificarán, por un lado, la aplicación del Programa de Apoyo (PASVE) 2019-2013 de sector vitivinícola español y,  por otro, la normativa que regula el potencial de producción vitícola. Dicha consulta está abierta hasta este 13 de enero en el primer proyecto normativo, y hasta el 18 de enero, en el segundo. En ambos casos se trata de adaptaciones normativas para flexibilizar tanto la aplicación de las medidas del PASVE para 2021, con énfasis en la regulación de la cosecha en verde, que se pretende aplicar también este año para quitar presión a la oferta de producción y a las existencias en bodega, como la regulación del potencial vitícola. En lo relativo al programa de apoyo al sector vitivinícola, se modifica de nuevo el RD 1363/2018 para la aplicación de las medidas, con una serie de ajustes de tipo técnico y de flexibilización normativa que la Comisión Europea sobre la mesa ha puesto otra vez para 2021 y que, a grandes rasgos, supondrá prorrogar los cambios adoptados ya en el pasado año, debido a la pandemia de Covid-19 (Reglamentos 592, 600 y 884 de 2020). Cosecha en verde Sobre la cosecha en verde, la modificación del RD 1363/2018 persigue una redacción legal para permitir su aplicación, dando una mayor seguridad jurídica. En el anterior ejercicio, el MAPA tuvo ya que aprobar con urgencia disposiciones específicas para que esta medida pudiera aplicarse dentro del paquete de acciones extraordinarias que se puso en marcha. Ahora, el MAPA pretende que la medida de cosecha en verde (vendimia manual, mecánica o química) para reducir la oferta de uva destinada a la producción de vino, y que afectaría a parcelas completas de una explotación, tenga carácter permanente. Así, en el nuevo RD se regulará el ámbito de aplicación de la ayuda a la esta medida, contemplada en el artículo 47 del Reglamento (UE) 1308/2013;  los beneficiarios de esta ayuda; las acciones subvencionables de cosecha en verde; los requisitos de admisibilidad de las parcelas que se acojan a esta medida; la presentación de la solicitud de ayuda; el procedimiento de selección de las solicitudes; los criterios de prioridad para la concesión de la ayuda (superficie de la parcela, variedad de uva de vinificación, tipo de solicitante, método de eliminación, aprobación y notificación de solicitudes, controles, cálculo de la ayuda y pago de la misma a los beneficiarios...etc.). El MAPA plantea que para el año 2021 se pueda aplicar la cosecha en verde en la misma parcela de viñedo que el año anterior y se pagará por la superficie determinada por los controles sobre el terreno previos al pago final, no siendo de aplicación las reducciones previstas de la ayuda. Esta no podrá exceder del 60% de la suma de los costes directos de destrucción o eliminación de los racimos de las uvas más la pérdida de ingresos vinculada a dicha destrucción o eliminación. Para el año 2021, la compensación por pérdida de ingresos será como máximo el 60% del valor medio de la uva de las tres últimas campañas en la parcela objeto de ayuda. Flexibilidad en el control Por otro lado, durante 2021, en caso de que la crisis provocada por la pandemia de Covid-19 impida a los Estados miembros poder realizar los controles sobre el terreno, según lo dispuesto en la normativa, estos podrán sustituirse por otros, como fotografías fechadas, informes de vigilancia con drones fechados, controles administrativos o videoconferencias con los beneficiarios que garanticen el cumplimiento de las normas aplicables a los programas de apoyo en el sector vitivinícola. Asimismo, para todas las medidas del PASVE se declararán motivo de causa de fuerza mayor las consecuencias de la pandemia provocada por el virus SARS-Cov-2 y los beneficiarios de las ayudas deberán justificar la necesidad de acogerse a la fórmula "salvo causa de fuerza mayor" en los términos establecidos, debiendo las CC.AA. establecer las cautelas necesarias al respecto. Reestructuración En  la medida de reestructuración y reconversión de viñedo, el MAPA plantea que las ayudas solicitadas  en el ejercicio 2021 puedan aumentarse el 60% en las CC.AA. distintas de las regiones menos desarrolladas y el 80% en las CC.AA. clasificadas como menos desarrolladas. Además, permitirá la modificación (comunicada a la autoridad competente) en los ejercicios 2021 y 2022 de las operaciones en este ámbito y en la medida de inversiones en casos debidamente justificados, relacionados con la crisis sanitaria por la Covid-19, siempre que los cambios no afecten ni a la elegibilidad de alguna parte de la operación, ni a los objetivos de la misma, y no supongan un incremento del presupuesto inicialmente aprobado, no siendo necesaria la autorización previa a su ejecución, aunque sí deberán ser evaluados. En caso de que las modificaciones alteren los objetivos estratégicos o generales con que fue aprobada la operación, siempre y cuando las acciones individuales ya iniciadas sean completadas, sí se requerirá la autorización de la autoridad competente con carácter previo a su ejecución mediante resolución favorable expresa. Si, por causa de fuerza mayor, los beneficiarios no pueden ejecutar todas las acciones que formen parte de la operación inicialmente aprobada o modificada, éstos podrán solicitar el pago de las acciones completamente finalizadas, siempre que lo hayan comunicado a la autoridad competente. Previo al pago, en todo caso, deberán efectuarse los controles administrativos y sobre el terreno para verificar la ejecución efectiva de dichas acciones. Para el ejercicio de 2021, no serán de aplicación las reducciones de la ayuda cuando las operaciones no se ejecuten en la superficie total para la que se haya solicitado la ayuda y ésta se pagará sobre la base de la superficie determinada por los controles sobre el terreno, previos al pago final. Inversiones Por otra parte, se amplían los plazos referentes a la medida de apoyo a inversiones para 2021, que se propone sean hasta el1 de julio para que los beneficiarios justifiquen y soliciten el pago de la operación global de inversión o de la actuación correspondiente según el calendario de ejecución aprobado, mientras que las CC.AA. tendrán hasta el 9 de julio de 2021 para comunicar al MAPA los adelantos de ejecución de actuaciones inicialmente previstas. Potencial vitícola   En relación al proyecto de real decreto que modificará el RD 1338/2018, por el que se regula el potencial de producción vitícola, se trata de trasladar cuanto antes los cambios reglamentarios, previstos por la Comisión Europea para 2021 en relación al régimen de autorizaciones de plantación de viñedo, sobre todo la ampliación de plazos debido a la pandemia de Covid-19, así como incluir las novedades aprobadas por las CC.AA. durante el pasado año en el listado de clasificación de variedades de uva de vinificación autorizadas. Al respecto, se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2021 la vigencia de las autorizaciones de nueva plantación y de replantación que caducan o pudieron caducar en 2020 y permite incluso a los titulares renunciar a ellas, sin penalizaciones, si lo comunican antes del 28 de febrero de 2021. Además, se amplía el plazo para presentar solicitudes de conversión de derechos de replantación hasta el 31 de diciembre de 2022 y se prolonga la vigencia de las autorizaciones de conversión hasta el 31 de diciembre de 2025. Dado que la vigencia de las autorizaciones de conversión es la misma que la de los derechos de replantación de los que proceden, se procederá a ampliar (modificar el artículo 20.3) la vigencia de los derechos de replantación que caduquen en esta campaña y siguientes hasta el 31 de diciembre de 2025 también, de forma que sus titulares puedan beneficiarse igualmente de la ampliación de la vigencia de las autorizaciones de conversión. Las autorizaciones para nuevas plantaciones concedidas tendrán un periodo de validez máximo de tres años, contados a partir de la fecha de la notificación de la resolución de la solicitud de la autorización. En cualquier caso, el periodo de validez no podrá superar el 31 de diciembre de 2030. Por último, el real decreto actualiza el listado de variedades de uva de vinificación autorizadas del anexo XXI en base a las solicitudes recibidas por las comunidades autónomas. Textos proyectos de RD:
Fundación Bancaria Ibercaja C.I.F. G-50000652.
Inscrita en el Registro de Fundaciones del Mº de Educación, Cultura y Deporte con el nº 1689.
Domicilio social: Joaquín Costa, 13. 50001 Zaragoza.
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