Extremadura: se fija el tipo de interés de referencia a aplicar durante el primer semestre natural del año 2026 a las operaciones formalizadas al amparo de las líneas de financiación determinadas en el Acuerdo Marco de Financiación de la Pyme y el Autónom

18/12/2025
En: Diario Oficial de la Junta de Extremadura
Orden de 11 de diciembre de 2025 por la que se fija el tipo de interés de referencia a aplicar durante el primer semestre natural del año 2026 a las operaciones formalizadas al amparo de las líneas de financiación determinadas en el Acuerdo Marco de Financiación de la Pyme y el Autónomo Extremeño, de 29 de diciembre de 2011.
Como objeto de este acuerdo se arbitran, de manera genérica, las siguientes líneas de financiación, tanto para la modalidad de activo fijo como circulante: Línea de Financiación de Microcréditos, Línea de Financiación para Emprendedores, Línea de Financiación a la Inversión en Innovación, Línea de Financiación a la Inversión para la Internacionalización, Línea de Financiación general de Activo fijo y circulante. En estas líneas de financiación se determina como característica común, el carácter de variable a los tipos de interés a aplicar a las operaciones financieras, de acuerdo con las expresiones de cálculo contenidas en citado Acuerdo.
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