Extremadura: se determinan los requisitos no monitorizables para determinadas intervenciones de desarrollo rural basadas en superficie

11/07/2023
En: Diario Oficial de la Junta de Extremadura
Resolución de 5 de julio de 2023, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se determinan los requisitos no monitorizables para determinadas intervenciones de desarrollo rural basadas en superficie de las recogidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027
Intervenciones de desarrollo rural recogidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PAC) 2023-2027 que son objeto de esas bases reguladoras, entre las que se contemplan las siguientes basadas en superficies y que serán objeto de monitorización: Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Producción integrada: Producción integrada de cultivos leñosos (olivar de secano y olivar tradicional y frutales). Producción integrada de cultivos anuales (arroz y tomate). Producción integrada del tabaco. Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Protección de la avifauna. Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica. Conversión y mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura ecológica. Producción ecológica de cultivos leñosos (olivar, viñedo y frutales). Producción ecológica de herbáceos de secano. Producción ecológica de aromáticas. Ganadería ecológica. En la Orden de 20 de febrero de 2023 (DOE n.º 37, de 23 de febrero de 2023) por la que se establecen
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