Resolución de 15 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se modifican las partes A y B del anexo I de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.
En respuesta a la circulación del serotipo 4 del virus de la lengua azul en Portugal y en la comarca de Posadas (Vega del Guadalquivir), en la provincia de Córdoba, es necesario modificar las zonas de restricción establecidas en la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, incluyendo la comarca de Coria, en la provincia de Cáceres, y las comarcas de Linares (Sierra Morena/ Campiña Jaén) y Andújar (Sierra Morena/Campiña Jaén), en la provincia de Jaén, en la zona restringida frente al serotipo 4.
Asimismo, se procede a incluir las comarcas de Linares (Sierra Morena/Campiña Jaén) y Andújar (Sierra Morena/Campiña Jaén), como zona de restricción del serotipo 1, para alinearse con el resto de territorios en zona de restricción de la Comunidad Autónoma de Andalucía, permitiendo la aplicación en dicho territorio de un mismo programa de vigilancia, control y erradicación de la enfermedad.
«Parte A: Zona restringida frente al serotipo 1 del virus de la lengua azul
Se considerará zona restringida frente al serotipo 1