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Un año de cárcel por no dar da alta a los trabajadores en la recolección del ajo

15/11/2021
En: hoy.es
Digital
Menú Badajoz Un año de cárcel por no dar da alta a los trabajadores en la recolección del ajo Ocurrió en Olivenza y los dos condenados reconocen que el día de la inspección había 20 sin contrato y otros 19 de los que ni tan siquiera tenían todos sus datos El encargado de una empresa dedicada al cultivo del ajo y su representante legal han sido condenados a sendas penas de un año de prisión tras quedar probado que en esa finca ubicada en el término municipal de Olivenza trabajaron sin contrato 39 personas, dos de ellas menores de edad. Esos delitos contra los trabajadores fueron descubiertos durante una inspección realizada el 31 de mayo de 2018 por los subinspectores de Trabajo y de la Seguridad Social en la finca 'Viña de los Matos', una actuación en la que tuvieron el apoyo de los agentes de la Guardia Civil. Esa finca era explotada por una empresa radicada en Aceuchal de la que era su representante legal F.M.G., y como responsable de esa explotación fue identificado M.G.R., que se encontraba presente en la finca, dándose la circunstancia de que también es socio de la empresa. Los inspectores se presentaron por sorpresa a las 9.30 de la mañana, justo cuando se realizaban tareas de recolección. Allí había 119 trabajadores, entre los cuales se encontraban 20 que no habían sido dados de alta en la Seguridad Social. A ellos se unían otros 19 que ni tan siquiera pudo identificar la empresa pese a los requerimientos realizados por los inspectores porque carecía de sus datos completos. Finalmente, había dos menores de edad de nacionalidad rumana, de 12 y 13 años de edad, que se dedicaban igualmente a la recolección de ajos. Esa operación se realizó a primera hora de la mañana y pocas horas después (antes de las 12.00 del mediodía) la empresa dio de alta en la Seguridad Social a 49 trabajadores, una actuación que no puede ser considerada ilegal puesto que en este tipo de tareas el contratador tiene la opción de formalizar los contratos hasta las 12.00 del mediodía, lo que facilita la incorporación de temporeros. Sobre esos 49 trabajadores no hubo denuncia y tampoco sobre los que estaban dados de alta cuando se presentaron los inspectores, que eran los menos, pero hubo 20 que no fueron dados de alta hasta el 20 de julio y otros 19 que ni siquiera en esa fecha pudieron ser regularizados porque la empresa no logró identificarlos de forma completa. Tras esa inspección se abrió un expediente administrativo por el que se impusieron distintas sanciones a la empresa por un importe próximo a los 100.000 euros, una cantidad que fue abonada antes del juicio. Esa circunstancia fue tenida en cuenta a la hora de imponer la sentencia dado que fue considerada una atenuante en una causa que finalmente no llegó a juicio porque los acusados aceptaron una sentencia previa de conformidad que rebaja las penas que pedía inicialmente la Fiscalía. En la sentencia se concluye que F.G.M. y M.G.R. son autores de un delito contra los derechos de los trabajadores y contra la Seguridad Social para el que se impone una pena de 1 año y una multa de 2.700 euros (9 euros diarios durante 10 meses). Igualmente se les condena por un delito contra los derechos de los trabajadores por empleo ilegal de menores de edad. En este caso se les impone una multa de 4.050 euros (9 euros diarios durante 15 meses). En la sentencia se condena también a la empresa beneficiada por estos hechos, para la que se interesa la suspensión de actividades durante un año. Tendencias Coronavirus Las caras del deporte Crónica negra Sucesos HOY Agro En Salsa
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