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Cataluña: ayudas de minimis en el sector agrícola para el fomento de la transformación del sistema agroalimentario catalán. Modificaciones líneas 8.1, 8.5 y 10.5

20/05/2025
En: Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña
Resolución ARP/1796/2025, de 14 de mayo, por la que se modifica la Resolución ARP/4455/2024, de 4 de diciembre, por la que se convocan las ayudas de minimis en el sector agrícola para el fomento de la transformación del sistema agroalimentario catalán alineado con el Plan estratégico de la alimentación de Cataluña 2021-2026 (líneas de ayudas 8.1, 8.2 y 10.5) (ref. BDNS 801733)
Resolució ARP/1796/2025, de 14 de maig, per la qual es modifica la Resolució ARP/4455/2024, de 4 de desembre, per la qual es convoquen els ajuts de minimis en el sector agrícola per al foment de la transformació del sistema agroalimentari català alineat amb el Pla estratègic de l'alimentació de Catalunya 2021-2026 (línies d'ajuts 8.1, 8.2 i 10.5) (ref. BDNS 801733 “4. Las personas beneficiarias de la línea 8.1 deberán: - Llevar a cabo las actuaciones objeto de la línea de ayuda y pagar los gastos dentro de uno de los períodos de ejecución siguientes: - Período de primera certificación: del 1 de enero de 2024 al 31 de marzo de 2025. - Período de segunda certificación: del 1 de abril de 2025 al 31 de marzo de 2026. - Justificarlo ante el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación: - Para la primera certificación, como máximo, hasta el 15 de septiembre de 2025. - Para la segunda certificación, como máximo, hasta el 15 de abril de 2026. Las personas beneficiarias de la línea 8.2 deberán:
Fundación Bancaria Ibercaja C.I.F. G-50000652.
Inscrita en el Registro de Fundaciones del Mº de Educación, Cultura y Deporte con el nº 1689.
Domicilio social: Joaquín Costa, 13. 50001 Zaragoza.
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